Subsidio por Maternidad

Institución
Departamento
Trámite para Asegurados
El Subsidio de Maternidad se concederá a aquellas mujeres embarazadas que tengan un mínimo de nueve (9) cuotas mensuales en los 12 meses anteriores al séptimo mes de gravidez, es decir hasta el sexto mes inclusive.
¿Qué necesito?
Básicos
Certificado médico emitido por un gineco-obstetra, el mismo debe contener código y sello legible del médico.
Todo certificado de embarazo de clínica particular deberá contener dirección, teléfono, nombre de la clínica y estar prenumerado.
Los Certificados de clínicas particulares deben ser llevados a la Dirección Médica de la Policlínica más cercana a su trabajo o residencia, para realizar la homologación.
Original y copia de la Cédula de Identidad Personal.
Carta emitida por el patrono donde certifica que a la asegurada no le reportarán salarios en planilla por el tiempo que dure el reposo por maternidad o el Resuelto del Ministerio o Institución donde labora.
Carta de desglose en caso de ser necesario.
Carta de horario si trabaja con dos patronos.
Observación
Las aseguradas deberán presentar su solicitud de subsidio de maternidad un mes antes de la fecha del inicio del periodo de la Licencia por maternidad.
Esta prestación prescribe al año de ocurrido el parto.
El término de la prescripción empezará a contarse a partir del día que se produjo el parto. 
Dirección y Horario de atención
Dirección







Trámite de Jubilados y Pensionados, Edificio los Mosqueteros, Transístmica. 

Agencia en el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.


 

Teléfono:

Centro de Contactos: 800-0277.





 
Horario de atención
Lunes - Viernes: 8:00 am-4:00 pm