Requisitos para contraer Matrimonio Civil

Institución
Departamento
Dirección Nacional del Registro Civil
El Matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre un hombre y una mujer, con capacidad legal, que se unen para hacer y compartir una vida en común.
¿Qué necesito?
Nacional
Presentar al funcionario autorizado del domicilio de cualquiera de ellos, una declaración (Solicitud) firmada por ambos interesados, expresiva en intención de contraer matrimonio.

La solicitud de matrimonio es el formulario de declaración entregada por la autoridad que presidirá el matrimonio civil.
Certificado de nacimiento de ambos.
Certificado de soltería de ambos contrayentes
Solicitado al menos 7 días antes de la celebración del matrimonio (término actual de expedición). Este certificado tiene una vigencia de 6 meses.  
 
se debe cambiar la vigencia del certificado, debe decir "tiene una vigencia de 90 días" .
Cédula vigente de los contrayentes (adjuntar fotocopia)
Cédula vigente de los dos (2) testigos (adjuntar fotocopia)
No pueden tener vínculo dentro del cuarto grado de consanguinidad o adopción y el segundo grado de afinidad con relación a los contrayentes.
Certificado de salud prenupcial
O como se conoce, “certificado médico de buena salud”;  Artículo 38 del Código de la Familia: “… El  certificado de salud prenupcial comprende el examen médico y las pruebas de laboratorios que el Ministerio de Salud estime conveniente, y deberá ser expedido dentro de los quince días calendarios anteriores a la fecha del matrimonio, por un médico legalmente autorizado para el libre ejercicio de su profesión.
Pruebas de Laboratorios
Exámenes de Electroforesis de Hemoglobina, V. D. R. L, Biometría Hemática, Urinálisis y V.I.H.
Dos (2) testigos con cédula que no sean familiares de los contrayentes.

Artículo 42 del Código de la Familia: En todos los casos, el acto (celebración del matrimonio) se verificará en presencia de por lo menos dos testigos mayores de edad, que no estén ligados con ninguno de los contrayentes por parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o adopción y el segundo grado de afinidad.
Extranjero
Certificado de nacimiento y soltería, debidamente apostillados o autenticados por el Cónsul de Panamá

En el país de procedencia de los documentos. Luego  deben ser llevados al Ministerio de Relaciones Exteriores aquí en Panamá, (Depto. de Legalizaciones y Autenticaciones), con el fin de que autentiquen la firma del Cónsul de Panamá, en el país de origen de los documentos antes solicitados.
Pasaporte vigente

Para ello se debe aportar con los sellos de entrada y salida que consten dentro del pasaporte.
El extranjero debe estar legalmente en el País
Aportar los mismos requisitos médicos y documentos de identificación vigentes de los contrayentes y testigos.

No pueden tener vínculo dentro del cuarto grado de consanguinidad o adopción y el segundo de afinidad. 
Aportar la Declaración Notarial Jurada donde conste sus datos generales (nombre, fecha de nacimiento, dirección, datos de los padres).
En los casos de que no  cuente con el certificado de soltería y de nacimiento de su país de origen debe aportar una Declaración Notarial Jurada, donde consten sus datos generales(nombre, fecha de nacimiento, dirección, datos de los padres) y que se encuentran solteros en Panamá y en cualquier parte del mundo.
En el caso que las personas tengan cédula E, debe aportar la declaración jurada de soltería debidamente notariada.
En la declaración notariada deben indicar que se encuentran solteros en su país de origen y en cualquier parte del mundo. 
Observación
Los requisitos del punto # 2 y #3,  para nacionales, deberán ser solicitados en el Registro Civil. Artículo 32 Código de la Familia: “El Registro Civil tiene la obligación de expedir, sin costo alguno a los interesados, todos los certificados necesarios para la celebración del matrimonio.
Pasos a seguir:
 
Presentarse en el Juzgado Municipal de Familia, Notarias, Dirección Nacional u oficinas regionales del Registro Civil, quienes tienen competencia para celebrar matrimonios civiles, dependiendo del lugar de domicilio de  uno de los contrayentes.
 
Se reserva la fecha para celebrar el matrimonio si los futuros contrayentes presentan todos los requisitos completos. El termino mínimo para presentar todos los requisitos es de cinco (5) días hábiles y se  reserva el cupo  previo a la disponibilidad o a la agenda de la oficina que llevará a cabo la celebración (Aplicable para el Registro Civil).
 
Costo del servicio: Gratuito.
Dirección y Horario de atención
Dirección
Dirección Nacional de Registro Civil Avenida Omar Torrijos Herrera, Corregimiento de Ancón, Ciudad de Panamá.   Lugar donde se brinda el servicio: En las Direcciones Regionales del Registro Civil.   Teléfonos: 507-8000 507-8200 507-8900
Horario de atención
Lunes - Viernes: 8:00 am-4:00 pm