Afiliación de Compañera o Concubina.

Institución
Departamento
Trámite para Asegurados

Es el acto formal de incorporación de la compañera o concubina que conviva con el asegurado cotizante y depende económicamente de él.

¿Qué necesito?
Básicos
No debe existir impedimento legal para contraer matrimonio y que haya convivido por lo menos 9 meses lo cual deberá comprobarse ante la Institución.
La concubina o compañera deberá depender económicamente del asegurado si la misma no cotiza en la Caja de Seguro Social.
Carné de Seguro Social del Compañero o Concubino.
Cédula original de ambos.
Tres (3) declaraciones Extrajuicio rendidas ante la Corregiduría, Notaria, Juez Municipal o Circuito o Juzgado de Familia, del Domicilio del cotizante que compruebe la convivencia.
Certificado de soltería de ambos, expedido por el registro civil con fecha de expedición no mayor de (60) días.
Observación

El solicitante puede solicitar su carné en cualquiera de las Agencias Administrativas de la Caja de Seguro Social.

Dirección y Horario de atención
Dirección






Edificio Bolívar, puerta 108, planta baja, Departamento de Afiliación.


Agencia en la Ciudad Capital o en el interior de la República, según corresponde, de acuerdo a la ubicación geográfica en que opere.











Teléfono: 

Departamento de Afiliación: 503-2095.
Centro de Contactos: 800-0277.




 
Horario de atención
Lunes - Viernes: 8:00 am-4:00 pm