Certificación de Conducta

Acredita el comportamiento del Privado de Libertad, su nivel de adaptación a los Programas de Tratamiento, su espíritu de trabajo, responsabilidad y el cumplimiento de los reglamentos carcelarios.

¿Qué necesito?
Persona Autorizada
Solicitud escrita, dirigida al Director del Centro Penitenciario donde estuviera recluido el Privado de Libertad, detallando las generales del Privado y exponiendo los motivos de la solicitud.
Puede ser solicitado por el Privado de Libertad, por su Abogado o familiar autorizado.
Observación

Las Certificaciones de Conducta tienen una vigencia de (90) días contados a partir de su expedición. 

Dirección y Horario de atención
Dirección
Dependencia / Centro Penitenciario donde se ubique el Privado de Libertad
Horario de atención
Lunes - Viernes: 8:00 am-4:00 pm