Solicitud de Visa de Turista

Departamento
No Residente

Las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración expedirán visas de turismo válidas por un término no mayor de noventa (90) días, si los extranjeros cumplen con los requisitos exigidos por este reglamento y sin perjuicio de lo que establezcan los acuerdos internacionales ratificados por la República de Panamá y los principios de reciprocidad

¿Qué necesito?
Básicos
Presentar original y copia completa del pasaporte o documento de viaje con un mínimo de tres (3) meses de vigencia
Reservación aérea comprobada con itinerario de continuación del viaje o tiquete electrónico
Copia del documento de identificación o carné de residencia del país donde tenga su domicilio
Aportar tres (3) fotografías
Pagar por los servicios migratorios la suma de cincuenta balboas (B/.50.00), al momento de la presentación ante el Servicio Nacional de Migración
Prueba de solvencia económica para su manutención y sustento según el término de estadía en el país, la cual no podrá ser inferior a quinientos balboas B/.500.00 y se demostrará con alguna de las siguientes opciones
Por la actividad que realiza puede presentar
Copia del último permiso que le fue aprobado por la autoridad migratoria panameña (si procede)
Reservación de hotel confirmada, (si procede)
De aplicarse el numeral anterior, quienes invitan y se hacen responsables, a excepción de entidades públicas, deberán acreditar solvencia económica, a través de los siguientes documentos
Cuando la solicitud sea para persona menor de edad, deberá hacerse por uno de sus padres o quien tenga la guarda y crianza debidamente acreditada
Certificado de trabajo con último recibo de sueldo o acreditación de trabajado independiente, en caso de tratarse de un empleado de entidad pública o privada
Documento que demuestre la pensión o jubilación con su comprobante de pago, en caso de tratarse de una persona pensionada o jubilada
Referencia bancaria, si se trata de un comerciante
Carta de responsabilidad, certificación que compruebe el parentesco y prueba de solvencia económica, si se trata de una persona económicamente dependiente
Artículo 17-A. La entidad estatal que invite a un extranjero que requiera visa de turismo para ingresar al territorio nacional o solicite su entrada, deberá aportar lo siguiente: Carta de invitación o la so
Dirección y Horario de atención
Dirección
Vía Ricardo J. Alfaro, Tumba Muerto, al lado de 3M.
 
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